Saturday, May 2, 2015

¿Puede haber instructores de vuelo independientes en México?

Desde que me surgió la idea de convertirme en instructor de vuelo en un futuro, pensé en cómo sería posible que se pueda impartir toda la formación teórica y práctica independientemente. Ya tenía idea de cómo labora un instructor de vuelo en Estados Unidos y México, pero me empezó a interesar cómo trabaja un instructor de vuelo en diferentes países y si es posible que trabaje independientemente.

En Europa, al parecer, se permite la instrucción de vuelo independiente para una licencia de piloto privado. Para un nivel superior de licencia, MPL o CPL, la instrucción debe realizarse en una Flight Training Organization (FTO), es decir, en una escuela de vuelo autorizada.

En Canadá hay cuatro clases diferentes de instructores de vuelo. La clase 4, siendo la más baja, permite que el instructor de vuelo de instrucción para cumplir con los requerimientos de una licencia de piloto recreacional, piloto privado, piloto comercial, una capacidad de vuelo nocturno, y una capacidad de VFR over-the-top. El instructor de vuelo clase 4 solo puede dar instrucción bajo la supervisión de un instructor de vuelo clase 2 o 1. Después de cumplir con varios requerimientos, el instructor puede actualizar su capacidad de instructor de vuelo a clase 1, 2 o 3. El instructor clase 3 no necesita la supervisión de un instructor de vuelo clase 1 o 2. El clase 2 puede supervisar a instructores de vuelo clase 4 y actuar como chief flight instructor en una Flight Training Unit. El instructor de vuelo clase 1 puede dar instrucción teórica y práctica para el endoso de una capacidad de instructor de vuelo.

Lo que no he podido determinar es si un instructor de vuelo clase 1, 2 o 3 puede dar instrucción independiente fuera de una Flight Training Unit en Canadá.

En Estados Unidos uno puede ser instructor de teoría con la licencia de instructor con capacidades de instructor de teoría básico, instructor de teoría de instrumentos, e instructor de teoría avanzado. El instructor de teoría puede realizar su instrucción independientemente o en una escuela de vuelo autorizada.
El instructor de vuelo puede dar instrucción de vuelo en las categorías y clases de aeronaves que tenga en su licencia de piloto, para la capacidad de vuelo por instrumentos, si tiene tal capacidad, y también puede dar instrucción de teoría. Puede dar instrucción independientemente o en una escuela de vuelo autorizada.

En Chile el instructor de vuelo debe dar la instrucción en una escuela de vuelo autorizada. Si pretende dar instrucción independiente, sería un instructor free-lance, considerado como instrucción sin fines de lucro por la DGAC chilena.

En México está por aclararse. Normalmente toda instrucción se realiza en una escuela de vuelo autorizada con instructores de la escuela de vuelo. La escuela de vuelo tramita un permiso de instrucción de teoría, de simulador o de vuelo al piloto comercial que cumpla con los requerimientos establecidos en el Manual del Inspector Verificador de Operaciones. Básicamente lo mismo para la emisión de una capacidad de instructor de vuelo en la licencia del piloto.

Para establecer una escuela de vuelo, que se conoce como “centro de formación, capacitación y adiestramiento, o una combinación de éstos”, se debe emitir un permiso por la DGAC. Los requerimientos están establecidos en el Reglamento de la Ley de Aviación Civil. El Artículo 95 establece los requerimientos para la obtención del permiso. Igualmente, se establecen requerimientos en la Circular Obligatoria CO SA-14.2/09: Que establece los requisitos y especificaciones para el establecimiento y funcionamiento de un centro de formación, capacitación y adiestramiento, para el personal Técnico Aeronáutico. Uno de estos requerimientos es estructurar un Manual General de Capacitación.

Además, para el inicio de cualquier curso de acuerdo al Artículo 95-A, se debe dar aviso a la Secretaría (por medio de la DGAC) en un formato autorizado por la Secretaría, en donde deben contener diferentes datos como tipo de curso, denominación del grupo, inicio y terminación de fases teóricas y prácticas, horas totales del curso, aulas, equipos de vuelo, relación de alumnos, calendario y horario de instrucción con desglose por horas de materia y horas-día por materia, etc.
Algo excesivamente burocrático e ineficiente que no permite una buena flexibilidad en la instrucción. De cualquier manera, así es como debe operar una escuela de vuelo, la cual debe tener estructura en sus cursos de instrucción teórica y práctica.

Entonces, leí el Artículo 96. Este artículo establece los requerimientos para la emisión de un permiso para los instructores de vuelo y el de materias relacionadas con las funciones técnicas que ejerzan de manera independiente su profesión.

Se debe presentar una solicitud, acompañándose de otros documentos. Estos son: El nombre del centro de formación, capacitación y/o adiestramiento, tipo de curso y áreas, tipo y número de licencia del interesado, horas de vuelo real, tipos de cursos a impartir, materias y equipo de vuelo, identificación oficial, certificado médico, constancia de un curso de técnicas didácticas, curriculum vitae del interesado, bitácora del piloto y licencia de piloto comercial.

Estos requerimientos se me hicieron algo simples para ser ciertos en caso de que se planee dar instrucción de vuelo independiente. No hay nada de simple conseguir y mantener un avión (Cessna 152, 172, o Piper PA-28) para la instrucción, pero no pide requerimientos como los de inicio de cursos. En la Circular Obligatoria antes mencionada no especifica nada para el caso de instrucción independiente. ¿Se podría dar instrucción independiente de acuerdo a programas de estudio y reglas establecidas por el instructor de vuelo, pero que cuenten con lo requerido por el Reglamento de Licencias? Es algo que debe aclararse con personal de la autoridad aeronáutica.

Hace poco platiqué con el dueño de una escuela de vuelo que tuvo que cumplir con todo lo que especifica el Artículo 95 y 95-A para su escuela de vuelo. Discutimos acerca de la posibilidad de que haya instructores de vuelo independientes de acuerdo al Artículo 96. Lo interpretó de acuerdo a que el instructor de vuelo con ese permiso de instructor de vuelo independiente puede dar instrucción en cualquier escuela de vuelo autorizada, sin que tenga que trabajar únicamente en una.
Otra evidencia que apoya mi hipótesis es que el Capitulo 13 "Procedimiento de otorgamiento del permiso a centros de formación, capacitación y adiestramiento" del Manual del Inspector Verificador de Operaciones establece preguntas para llevar a cabo el procedimiento. Una de estas preguntas, la 8, dice así: "¿El centro de capacitación es un instructor de vuelo y/o de materias directamente relacionadas con las funciones técnicas básicas del personal técnico aeronáutico, el cual ejerce de manera independiente su profesión? y ¿Cuenta con el permiso correspondiente de la Secretaría?, y [...]". Esto dice que un instructor de vuelo puede ejercer como centro de capacitación y además establece los requerimientos especificados en el Artículo 96. Como habia escrito, es para aclararse con personal de la autoridad aeronáutica.

De esta manera el instructor de vuelo que se registró como “centro de capacitación” de acuerdo al Artículo 96 podría establecer programas y planes de estudio/práctica como él vea conveniente para ofrecer una instrucción teórica y práctica de calidad. Es posible que se puedan negociar programas y planes de estudio/práctica con la autoridad aeronáutica que sean distintos a los autorizados por ésta actualmente.

En general, esto facilitaría que el instructor de vuelo pueda realizar la instrucción teórica y práctica de acuerdo a planes de estudio y de práctica con estándares y elementos de instrucción basada en escenarios, basada en competencia, y elementos de seguridad operacional. Todo lo que no incluyen los programas de estudio autorizados por la DGAC en la actualidad. Igualmente, esto daría una facilidad en una instrucción personalizada y al ritmo del estudiante, que ultimadamente sería un beneficio económico para el estudiante y enriquecería sus conocimientos y habilidades.

Igualmente, esto permitiría que el interesado en aprender a volar o ser un piloto privado o ser un piloto profesional tenga dos opciones para realizar su formación: En escuela de vuelo con cursos estructurados o a su ritmo con un instructor de vuelo independiente con buenos programas de estudio y estándares.

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